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Category: CASES AND OPINIONS

CASES AND OPINIONS

“Hoy, 10 de diciembre de 2025, tres Instituciones NAFA LAW, UNPAM, y AICACHR Court- celebramos el “Premio Nobel de la Paz de la líder opositora Sra. María Corina Machado”…

Hoy, 10 de diciembre de 2025, estas tres Instituciones académicas del derecho, homologación y  derechos humanos NAFA LAW, UNPAM, y AICACHR Court, por medio de sus directores Licda. Teresita De Jesús Barrera Pachecker, Dr. Humphrey Humberto Pachecker C.,- Oficiales Administrativos y- el Personal- hacemos eco de la forma magistral y honorable que se llevó a cabo la ceremonia del “Premio Nobel de la Paz en el Ayuntamiento de Oslo”, donde la líder opositora venezolana “Sra. María Corina Machado” fue galardonada con el premio de este año “Nobel de la Paz” igualmente estaba presente el presidente electo Sr. Edmundo González. Continuar leyendo este articulo historico=

Sin embargo, debido a las restricciones y preocupaciones de seguridad que le impiden viajar, María Corina Machado no pudo asistir personalmente al evento.

En su lugar, su hija, Ana Corina Sosa Machado, subió al escenario para recibir la medalla y el diploma en nombre de su madre sin antes ofrecer el mensaje discurso de su madre, un discurso para los anales históricos de Venezuela.

En un mensaje leído por su hija en la ceremonia, María Corina Machado dedicó el premio a “todos los venezolanos” y a los “héroes de la libertad” que continúan luchando por la democracia en su país. El premio reconoce su “valiente liderazgo y su inquebrantable lucha” contra el régimen criminal dictatorial en Venezuela. Es casi obligatorio t puede leer el discurso y ver la ceremonia completa del Premio Nobel de la Paz 2025. Nosotros hacemos énfasis en el discurso de aceptación completo en el sitio web oficial del Nobel Prize para conocer sus palabras exactas.

Igualmente, el discurso magistral y honorable mientras el presidente del Comité Nobel, Jørgen Watne Frydnes, dio un discurso de apertura pidiendo al dictador Maduro aceptar resultados y renunciar.

La lucha de María Corina Machado por la democracia en Venezuela, nosotros con nuestras tres Instituciones- enfatizamos que es digna de encomio y alabanza la lucha de María Corina Machado cual ha estado marcada por varios hitos claves a lo largo de su carrera política, estos por ejemplo son: 

  • Fundación de Súmate (2001): Machado inició su activismo social y político fundando la organización Súmate, dedicada a promover la transparencia electoral y la observación cívica. Esta organización lideró la recolección de firmas para el referéndum revocatorio del entonces presidente Hugo Chávez en 2004, lo que le valió persecución política y judicial.
  • Enfrentamiento con Hugo Chávez (2012): Como diputada de la Asamblea Nacional (elegida en 2010), Machado se enfrentó públicamente a Hugo Chávez en un debate televisado, denunciando el autoritarismo y la crisis económica del país, un momento que se volvió icónico en la oposición.
  • Destitución e inhabilitación (2014-2015): En 2014, fue destituida de su cargo como diputada tras intentar denunciar al régimen ante la Organización de los Estados Americanos (OEA). Posteriormente, fue inhabilitada para ejercer cargos públicos por 15 años, una acción vista por muchos como un intento de silenciar su voz y sacarla del panorama político.
  • Liderazgo desde la clandestinidad: A pesar de la represión y la inhabilitación, Machado continuó liderando la oposición desde la clandestinidad, convirtiéndose en un símbolo de resistencia.
  • Victoria en las primarias opositoras (2023): Ganó las primarias de la oposición con más del 90% de los votos, demostrando un amplio respaldo popular y consolidándose como la líder indiscutible de la alternativa democrática en Venezuela.
  • Apoyo a Edmundo González Urrutia (2024): Ante la negativa del Consejo Nacional Electoral (CNE) de permitir su inscripción como candidata presidencial, Machado apoyó la candidatura de Edmundo González Urrutia, quien resultó electo en las elecciones de 2024, aunque el CNE no reconoció los resultados oficiales.
  • Reconocimiento internacional (2024-2025): Su lucha ha sido reconocida internacionalmente con premios como el Václav Havel y el Sájarov en 2024, y culminando con el Premio Nobel de la Paz 2025 por su defensa “valiente” de la democracia y los derechos humanos.

Estos eventos han cimentado su papel como una figura central y perseverante en la lucha por la recuperación de la democracia en Venezuela.

Toda persona está invitado a encontrar más información sobre estos momentos clave en la trayectoria política de María Corina Machado en su discurso de aceptación del Premio Nobel disponible en el sitio web oficial del Nobel Prize.

Estimados colegas miembros de NAFA LAW- colegas defensores de la justicia DD. HH., miembros de AICACHR Court, amigos egresados de UNPAM Homologación.

Hoy debemos reflexionar sobre este momento histórico que inclinó profundamente el arco del universo moral hacia la justicia. Este momento en Oslo no fue solo un día, sino la culminación de una lucha incansable, sacrificio y una creencia inquebrantable en la dignidad fundamental de todo ser humano reflejado en la Sra. María Corina Machado.

El acto histórico que celebramos Nobel de la Paz en Oslo fue un triunfo de la voluntad sobre un sistema profundamente arraigado de violaciones de todos los derechos humanos universales, de crímenes, de segregación y discriminación causa de una de las diásporas más grandes en la historia de este Continente Americano.

El legado de María Corina Machado y del presidente electo de Venezuela Edmundo González es un llamado a la acción para todos nosotros en este continente Americano igualmente en el Continente Europeo. Su compromiso con la justicia nos inspira a luchar por la igualdad hasta que “la justicia fluya como las aguas y la rectitud como un impetuoso arroyo”.

Debemos abrazar la fuerza que llevamos dentro para llevar adelante esta obra de acción democrática, de libertad no solo para Venezuela, también para Cuba y Nicaragua, ya sea que el desafío sea la pobreza, la ignorancia y la injusticia en cualquier parte de este Continente y el mundo.

Colegas no olvidemos que la verdadera paz y democracia no es simplemente la ausencia de tensión, sino la presencia de la justicia. VIVA VENEZUELA LIBRE- VIVA CUBA LIBRE- VIVA NICARAGUA LIBRE. 

Mensaje de NAFA LAW- UNPAM  AICACHR Court, Y de sus directores Licda. Teresita De Jesús Barrera Pachecker, Dr. Humphrey Humberto Pachecker, Oficiales Administrativos y el Personal. WWW.NAFALAW.COM

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admin@ December 10, 2025 0 Comments
CASES AND OPINIONS

La Corte Penal Internacional (CPI) sí investiga a Nicolás Maduro por crímenes de lesa humanidad y emitió órdenes de arresto contra él y otros altos funcionarios, pero, ¿Por qué aún no se ha ejecutado la captura?: 

La Corte Penal Internacional (CPI) nos informan que sí investiga a Nicolás Maduro por crímenes de lesa humanidad y emitió órdenes de arresto contra él y otros altos funcionarios.  Pero preguntamos: ¿Por qué aún no se ha ejecutado la captura?: 

Según CPI esto es debido a que Venezuela no coopera, y no es miembro de la CPI, además existen complejidades políticas y legales, como la protección que el régimen brinda a sus líderes y la falta de mecanismos de coerción internacional para forzar la entrega, aunque la investigación y las órdenes siguen vigentes, como señala la Fiscalía de la CPI.

Nosotros indagamos la conexión que tiene esta falta de acción del CPI ahora peor que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) en Caracas, también conocida como (Corte Penal Internacional), cerró sus oficinas en este mes de diciembre de 2025. El cierre fue anunciado por la fiscal adjunta de la CPI, Licda. Mame Mandiaye Niang, alegando la falta de “progreso real” y de “cooperación del gobierno venezolano en las investigaciones nacionales sobre presuntos crímenes de lesa humanidad”.

En nuestra experiencia sabemos que es completamente real que el investigado por crímenes, de hecho, colaboren con la investigación, es una práctica común que una persona investigada y acusada de crímenes coopere con las autoridades en una investigación pero aquí hablamos de un régimen criminal y terrorista encabezado por Nicolas Maduro.

Este tipo de cooperación suele ocurrir por varias razones:

  • Acuerdos de culpabilidad (Plea Bargains): Es la razón más frecuente. El investigado (o su abogado) negocia con la fiscalía para ofrecer información valiosa, testificar contra otros implicados (a menudo superiores en la cadena de mando de una organización criminal), o admitir su culpabilidad en ciertos cargos a cambio de beneficios significativos.
  • Reducción de condena: Los beneficios pueden incluir la reducción de los cargos, una sentencia de prisión menor, la posibilidad de libertad condicional, o incluso inmunidad total (aunque esto es más raro y generalmente reservado para delitos menores o testigos clave en casos muy importantes).
  • Programas de protección de testigos: Si la cooperación pone en peligro la vida del individuo o su familia, pueden ser ingresados en programas de protección de testigos, donde se les proporciona una nueva identidad y ubicación.
  • Motivaciones personales: A veces, el investigado puede tener un cambio de conciencia, querer hacer lo correcto, o buscar venganza contra sus antiguos cómplices.

En resumen, en una situación común la cooperación es una herramienta legal fundamental tanto para la fiscalía, que obtiene pruebas cruciales que de otro modo serían difíciles de conseguir, como para el acusado, que busca mitigar las consecuencias legales de sus acciones; pero aquí estamos lidiando con un dictador criminal, terrorista traficante de drogas y sus secuaces del ‘Cartel de Los Soles’ lo cual la posible cooperación es totalmente nula algo que ya ha sido evidente incluyendo la oportunidad de salida libre del poder presentada por la administración del presidente Donald J. Trump.

Además ver: Las 46 principales denuncias presentadas por esta Corte AICACHR y NAFA LAW en una década hasta la fecha.

Puntos Clave:

  1. Investigación Activa: La CPI, a través de su fiscal, Karim Khan, ha confirmado que la investigación sobre la situación en Venezuela (crímenes de lesa humanidad cometidos desde 2017) está en curso y que se han emitido órdenes de arresto contra Maduro y otros funcionarios.
  2. No es Estado Parte: Venezuela no es un Estado miembro de la CPI (no ha ratificado el Estatuto de Roma) y, por lo tanto, no está obligada a cooperar plenamente ni a ejecutar las órdenes de arresto.
  3. Dificultades de Ejecución: La CPI no tiene su propia fuerza policial; depende de la cooperación de los Estados para arrestar a los sospechosos. Como el régimen de Maduro no coopera y protege a sus líderes, la ejecución de la orden es un desafío.
  4. Naturaleza de la Orden: La orden de arresto implica una restricción de movimiento: si Maduro viaja a un país miembro de la CPI, podría ser detenido y extraditado.
  5. Obstáculos Políticos: Factores como el control del Estado por el gobierno, el apoyo de otros países como Rusia y China, y la inestabilidad geopolítica dificultan la presión para su entrega.

En resumen, la CPI ha actuado legalmente, pero la falta de mecanismos coercitivos directos y la resistencia del gobierno venezolano impiden la captura.

La Corte Penal Internacional (CPI) aún no ha emitido una orden de arresto contra Nicolás Maduro debido a que la investigación sobre presuntos crímenes de lesa humanidad en Venezuela se encuentra en fase de instrucción y la fiscalía aún no ha solicitado una orden judicial a los jueces. El proceso es complejo y está sujeto a impugnaciones legales y factores geopolíticos.

Entre los factores clave que contribuyen a la demora se incluyen:

Investigación en curso: La Sala de Apelaciones de la CPI no confirmó la autorización para que la fiscalía reanudara la investigación completa sobre la situación hasta marzo de 2024, tras un largo proceso de apelación iniciado por el gobierno venezolano. La fiscalía trabaja activamente en el caso, que se abrió formalmente en noviembre de 2021.

Principio de complementariedad: La CPI se basa en el principio de complementariedad, lo que significa que solo actúa cuando las autoridades nacionales no pueden o no están dispuestas a investigar y enjuiciar genuinamente los crímenes. El gobierno venezolano ha intentado repetidamente demostrar que está llevando a cabo sus propias investigaciones nacionales para detener la investigación de la CPI, un argumento que la Sala de Apelaciones de la CPI finalmente rechazó por insuficiente. Alto umbral legal: Si bien muchos expertos en derechos humanos coinciden en que los presuntos abusos en Venezuela podrían constituir crímenes de lesa humanidad, el impedimento legal para probar estos crímenes en los tribunales y vincularlos a individuos específicos de alto nivel es alto. La investigación se centra específicamente en la cadena de mando, un proceso complejo.

Presión política y voluntad: Organizaciones de derechos humanos y defensores de las víctimas han pedido reiteradamente a la Fiscal de la CPI que tome medidas más contundentes, incluyendo la emisión de órdenes de arresto, lo que pone de relieve la necesidad de ejercer presión política sobre la cúpula de la corte.

Problemas logísticos y de recursos: Existe una brecha cada vez mayor entre la carga de trabajo de la fiscal de la CPI y los recursos disponibles, lo que puede contribuir a un progreso más lento.

Posibles conflictos de intereses: El fiscal de la CPI, Karim Khan, recibió previamente la orden de recusarse de la investigación sobre Venezuela tras las preocupaciones suscitadas por un posible conflicto de intereses que involucraba a su nuera, quien, según se informa, formaba parte del equipo de defensa de Maduro. Mientras el proceso ante la CPI sigue en curso, un tribunal federal de apelaciones de Argentina emitió sus propias órdenes de arresto contra Maduro y varios otros altos funcionarios en septiembre de 2024, amparándose en el principio de jurisdicción universal.

Puede obtener más información sobre la investigación en curso sobre presuntos crímenes de lesa humanidad en Venezuela en el sitio web oficial de la CPI o leer el análisis de Human Rights Watch para obtener más contexto.

Podemos explorar las pruebas y los argumentos jurídicos específicos que la CPI está considerando actualmente en este caso. ¿Le sería útil?

La Corte Penal Internacional (CPI) no ha emitido una orden de arresto contra Nicolás Maduro porque el proceso se encuentra en la fase de investigación en curso. La emisión de una orden de arresto es un paso procesal posterior a la investigación y a la recopilación de pruebas suficientes.

  • Investigación en curso: La Fiscalía de la CPI abrió formalmente una investigación sobre crímenes de lesa humanidad presuntamente cometidos en Venezuela desde al menos abril de 2017. Esta investigación fue autorizada para reanudarse por la Sala de Apelaciones de la CPI en marzo de 2024, tras desestimar el recurso de apelación del gobierno venezolano que buscaba suspenderla.
  • Principio de Complementariedad: La CPI opera bajo el principio de complementariedad, lo que significa que solo interviene si un Estado miembro no está dispuesto o no puede investigar y enjuiciar genuinamente los crímenes graves a nivel nacional. El gobierno venezolano solicitó a la CPI que aplazara la investigación, argumentando que las autoridades nacionales estaban investigando los hechos. Sin embargo, la Sala de Cuestiones Preliminares y posteriormente la Sala de Apelaciones determinaron que, si bien Venezuela había tomado algunas medidas, sus procedimientos penales internos no reflejaban suficientemente el alcance de la investigación de la Fiscalía de la CPI y no abordaban adecuadamente a los máximos responsables de la cadena de mando.
  • Decisión del Fiscal: La decisión de solicitar una orden de arresto recae en última instancia en el fiscal de la CPI, Karim Khan. El fiscal debe determinar si existen motivos razonables para creer que una persona específica es penalmente responsable de crímenes bajo la jurisdicción de la corte y si la emisión de una orden es necesaria para asegurar su comparecencia en el juicio.
  • Presión y crítica política: Ha habido presión por parte de víctimas, defensores de derechos humanos y algunos actores internacionales para que la CPI actúe con mayor rapidez y emita órdenes de arresto contra Maduro y otros altos funcionarios. Algunos expertos y activistas han sugerido que el fiscal podría estar siendo influenciado por consideraciones geopolíticas o que el proceso es lento por naturaleza.

La investigación sigue activa, y la posibilidad de una orden de arresto internacional es un tema de debate y expectativa constante entre las víctimas y la comunidad internacional.

Puedes encontrar información detallada sobre el estado actual del caso en la página oficial de la CPI sobre la Situación en la República Bolivariana de Venezuela I.

El principio de complementariedad es un concepto fundamental del Estatuto de Roma y la piedra angular de la relación entre la Corte Penal Internacional (CPI) y los sistemas judiciales nacionales. Establece que la CPI no sustituye a los tribunales nacionales, sino que los complementa.

A continuación se explican sus puntos clave:

  • Jurisdicción primaria de los Estados: Los Estados tienen la responsabilidad y el derecho principal de investigar y juzgar los crímenes internacionales graves (como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra) cometidos en su territorio o por sus nacionales.
  • La CPI como “último recurso”: La CPI solo puede ejercer su jurisdicción cuando un Estado parte “no está dispuesto o no puede” genuinamente llevar a cabo la investigación o el enjuiciamiento de dichos crímenes. Es, por tanto, un mecanismo de último recurso.
  • Criterios de admisibilidad: El Artículo 17 del Estatuto de Roma describe los criterios específicos para determinar si un caso es admisible ante la CPI. Un caso es inadmisible si el Estado en cuestión ya está investigando o enjuiciando el caso, a menos que se demuestre su falta de voluntad o incapacidad.
  • Falta de voluntad o incapacidad: La “falta de voluntad” puede implicar que los procedimientos nacionales se retrasan indebidamente, no son imparciales o tienen la intención de “proteger” a los sospechosos de su responsabilidad penal. La “incapacidad” se refiere a un colapso total o sustancial de la administración de justicia nacional, impidiendo que el Estado recopile pruebas o lleve a cabo un juicio.
  • Objetivo: Este principio busca fomentar que los propios Estados fortalezcan sus sistemas de justicia y pongan fin a la impunidad a nivel nacional, respetando al mismo tiempo la soberanía estatal.

Nosotros Corte AICACHR su presidente Dr. H. H. Pachecker consideramos que la alternativa en el caso de crímenes de Maduro en Venezuela puede ser el principio de ‘complementariedad’ y la jurisdicción universal, esto es evaluado por la Fiscalía y las Salas de la CPI en cada caso, y es la base de las discusiones sobre la admisibilidad del caso en Venezuela, donde la Corte ha determinado que, a pesar de algunas acciones nacionales, estas no han sido suficientes para desplazar la investigación internacional, pero esto ahora puede cambiar totalmente debido a las fragantes violaciones, criminales, civiles, de derechos humanos y electorales. 

Puedes leer el texto completo del Estatuto de Roma para comprender mejor el marco legal. ¿Te gustaría que profundicemos en cómo se aplica este principio en un caso específico como el de Venezuela o Ucrania? ESTATUTO DE ROMA =: https://www.icc-cpi.int/sites/default/files/Publications/Estatuto-de-Roma.pdf

Cuando un Estado es incapaz de juzgar crímenes de guerra, el principio de complementariedad de la Corte Penal Internacional (CPI) permite que esta asuma la jurisdicción del caso.

La “incapacidad” no se refiere a la falta de voluntad política, sino a la falta de un sistema judicial funcional. El Estatuto de Roma define la incapacidad en los siguientes términos:

  • Colapso del sistema judicial: La incapacidad existe cuando hay un colapso total o sustancial de la administración de justicia nacional. Esto puede ocurrir debido a conflictos armados, violencia generalizada u otras emergencias nacionales que impidan al Estado llevar a cabo las investigaciones o los juicios necesarios.
  • Ausencia de mecanismos: El Estado puede carecer de los mecanismos legales, la infraestructura o el personal necesario para recopilar pruebas y llevar a cabo un juicio genuino.

¿Qué pasa en la práctica?

  1. Intervención de la CPI: Si la Fiscalía de la CPI determina que el Estado es genuinamente incapaz de juzgar, la CPI puede declarar el caso admisible. La investigación pasa entonces a manos de la Corte internacional.
  2. Activación de la jurisdicción universal: En paralelo a la CPI, los tribunales de otros países pueden invocar el principio de jurisdicción universal para juzgar a los presuntos responsables, independientemente de dónde se cometieron los crímenes o de la nacionalidad del autor o la víctima, siempre y cuando los acusados se encuentren en su territorio.
  3. Mandato de la comunidad internacional: La comunidad internacional, a través de organismos como las Naciones Unidas, puede establecer tribunales híbridos o ad hoc (como los de Ruanda o la ex Yugoslavia en su momento) si la situación lo requiere y si la CPI no tiene jurisdicción o capacidad para asumir la totalidad de los casos.

En resumen, la incapacidad de un Estado para ejercer su jurisdicción nacional no implica impunidad. El derecho internacional prevé mecanismos para asegurar que los crímenes más graves no queden sin castigo, siendo la CPI el principal mecanismo permanente para estos fines.

La jurisdicción universal es un principio legal que permite a los tribunales nacionales de un Estado investigar y enjuiciar a personas por crímenes internacionales graves, independientemente de dónde se cometieron los crímenes, la nacionalidad de las víctimas o la nacionalidad del acusado.

El fundamento de este principio es que ciertos delitos son tan atroces que se consideran crímenes contra toda la humanidad (hostes humani generis), y la comunidad internacional en su conjunto tiene interés y, en ocasiones, el deber, de garantizar que los responsables no queden impunes y no encuentren un refugio seguro en ningún Estado.

Límites y desafíos de la jurisdicción universal:

A pesar de su importancia en la lucha contra la impunidad, la jurisdicción universal enfrenta desafíos significativos y tiene límites prácticos y legales:

  • Soberanía estatal: El ejercicio de la jurisdicción universal es una excepción a los principios tradicionales del derecho internacional de la soberanía e injerencia en los asuntos internos de otros Estados. Esto genera un debate político y diplomático considerable, ya que algunos países argumentan que su aplicación sin una conexión directa puede ser una violación de la igualdad soberana.
  • Requerimiento de presencia del acusado: En la mayoría de los casos prácticos, el Estado que ejerce la jurisdicción universal solo puede iniciar un proceso si el presunto autor del crimen se encuentra físicamente en su territorio (requisito de presencia).
  • Obstáculos probatorios: Investigar crímenes cometidos a miles de kilómetros de distancia presenta desafíos logísticos y probatorios “abrumadores”. Obtener pruebas, asegurar la cadena de custodia y proteger a los testigos puede ser extremadamente difícil, lo que complica los juicios en los tribunales nacionales.
  • Inmunidades: Las normas sobre inmunidad de los Jefes de Estado y otros altos funcionarios en ejercicio pueden plantear barreras legales a la persecución penal en tribunales nacionales, aunque esto es objeto de debate.
  • Voluntad política y recursos: La aplicación de la jurisdicción universal a menudo depende de la voluntad política de un Estado y de si sus sistemas judiciales tienen los recursos y la legislación interna necesarios para manejar casos complejos de derecho penal internacional.
  • Selectividad y politización: Ha habido críticas sobre la aplicación selectiva del principio, sugiriendo que podría ser utilizado con fines políticos contra funcionarios de ciertos países, lo que socava su legitimidad.

A pesar de estos límites, la jurisdicción universal sigue siendo una herramienta crucial en el arsenal del derecho internacional para combatir los crímenes más graves, complementando el trabajo de tribunales internacionales como la CPI.

Para profundizar en el marco legal, puedes consultar los Principios de Princeton sobre Jurisdicción Universal en DHpedia

La jurisdicción universal se aplica a los crímenes más graves que afectan a la comunidad internacional en su conjunto. Aunque la lista exacta puede variar ligeramente según la legislación nacional de cada Estado, existe un consenso general en el derecho internacional consuetudinario y en los tratados internacionales sobre los delitos fundamentales que abarca este principio.

Los principales crímenes que se persiguen por jurisdicción universal son:

  • Genocidio: Actos cometidos con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso.
  • Crímenes de lesa humanidad: Atrocidades generalizadas o sistemáticas cometidas contra una población civil, como el asesinato, la esclavitud, la desaparición forzada, la tortura o la violación.
  • Crímenes de guerra: Infracciones graves de las Convenciones de Ginebra y otras leyes y costumbres aplicables en los conflictos armados, incluyendo el homicidio intencional, la tortura, o la toma de rehenes.
  • Tortura: Actos por los cuales se inflige intencionadamente dolor o sufrimientos graves, físicos o mentales, a una persona con fines tales como obtener información o una confesión.
  • Trata de esclavos y piratería: Estos fueron algunos de los primeros crímenes reconocidos bajo este principio en el derecho internacional.

Estos crímenes son tan atroces que cualquier Estado tiene el derecho y, a menudo, el deber, de enjuiciar a los responsables, independientemente de dónde se hayan cometido los hechos o de la nacionalidad de los implicados, siempre que el acusado se encuentre en su territorio.

Puedes consultar más información sobre la definición de estos delitos y su persecución en el sitio web de Amnistía Internacional o en las publicaciones del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) sobre la materia. Si te interesa, puedo explicarte ejemplos concretos de casos donde se ha aplicado este principio, como el caso Pinochet en España. ¿Quisieras que revisemos cómo se ha usado en la práctica?

Los Principios de Princeton sobre Jurisdicción Universal no forman parte integrante del texto del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI), sino que son un conjunto de directrices o principios de derecho internacional que fueron desarrollados por expertos legales en la Universidad de Princeton en 2001 para aclarar la aplicación de la jurisdicción universal, que es un concepto distinto y más amplio que la jurisdicción de la CPI.

El Estatuto de Roma establece la jurisdicción complementaria de la CPI (la Corte solo interviene cuando los Estados no quieren o no pueden investigar y juzgar los crímenes por sí mismos) y no la jurisdicción universal. No obstante, los Principios de Princeton tienen en cuenta el desarrollo del derecho penal internacional, incluyendo el Estatuto de Roma y los crímenes que tipifica (genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y agresión).

Los Principios de Princeton sobre Jurisdicción Universal incluyen aspectos clave como:

  • Alcance de la Jurisdicción Universal: Afirman que los Estados tienen permitido ejercer jurisdicción universal sobre crímenes graves bajo el derecho internacional, como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y la tortura, independientemente del lugar donde se cometieron o la nacionalidad del perpetrador o la víctima.
  • Inmunidades: Establecen que el cargo oficial de una persona acusada (sea Jefe de Estado o de Gobierno, u otro cargo) no debe eximirla de responsabilidad penal ni ser motivo de reducción de pena en casos de crímenes graves bajo el derecho internacional.
  • Prescripción y Amnistías: Indican que los términos legales de prescripción no deben aplicarse a estos crímenes graves y que las amnistías generalmente son incompatibles con la obligación de los Estados de perseguir judicialmente a los responsables.
  • Garantías del Debido Proceso: Enfatizan la necesidad de garantizar un juicio justo y el debido proceso para los acusados bajo jurisdicción universal, respetando las normas internacionales.
  • Non bis in idem: Aseguran que una persona no sea sometida a múltiples enjuiciamientos por el mismo acto delictivo si el proceso anterior se llevó a cabo de buena fe y de acuerdo con las normas internacionales.

Para más información, puedes consultar los Principios de Princeton sobre Jurisdicción Universal completos en línea.

  • Principios de Princeton sobre Jurisdicción Universal – Texto de los Principios de Princeton sobre la Jurisdicción Universal = http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/princeton.html

VER LAS 46 PRINCIPALES DENUNCIAS PRESENTADAS POR ESTA CORTE AICACHR EN UNA DECADA 2015 – 2025:

  1. https://courtaicac-hr.us/es-la-muerte-de-estos-dictadores-criminales-justa-y-necesaria/
  2. https://courtaicac-hr.us/analogia-de-tres-tiranos-rusia-cuba-venezuela/
  3. https://courtaicac-hr.us/los-peores-de-los-peores-en-materia-de-violaciones-de-derechos-humanos-de-todos-los-tiempos/
  4. https://courtaicac-hr.us/peticion-sui-juris-bajo-articulo-51-onu-violaciones-criminales-en-venezuela/
  5. https://courtaicac-hr.us/3035-2/
  6. https://courtaicac-hr.us/icj-alleged-a-legal-interest-and-or-harm-which-in-this-case-are-insufficient-to-participate-in-the-case-of-alleged-genocide-against-the-state-of-israel-and-its-actions-for-defendi/
  7. https://courtaicac-hr.us/2855-2/
  8. https://courtaicac-hr.us/2840-2/
  9. https://courtaicac-hr.us/court-aicac-hr-y-su-comision-general-de-derechos-humanos-denuncia-la-negligencia-criminal-de-las-autoridades-de-detencion-migratoria-de-mexico-donde-ayer-dia-murieron-al-menos-38-personas/
  10. https://courtaicac-hr.us/daniel-ortega-con-su-secuas-murillo-es-un-dictador-criminal-de-america-siguen-las-reglas-del-libro-manual-del-dictador/
  11. https://courtaicac-hr.us/denuncia-tortura-psicologica-sistematica-y-amenaza-de-exterminio-a-nacionalidades/
  12. https://courtaicac-hr.us/ukraine-commission-on-human-and-peoples-rights-ucrania-comision-de-derechos-humanos-y-de-los-pueblos/
  13. https://courtaicac-hr.us/querella-internacional-por-violaciones-individuales-de-derechos-humanos-y-crimenes-de-guerra-cometidos-en-ucrania-por-las-fuerzas-militares-rusas-bajo-la-ordenes-y-el-control-del-presidente-vladimir-v/
  14. https://courtaicac-hr.us/what-is-putins-role-in-the-ukraine-war-and-its-consequences-for-russia/
  15. https://courtaicac-hr.us/chinas-president-promises-broken-heads-and-bloodshed-to-challengers-including-america-concentration-camps-government-surveillance-secret-police/
  16. https://courtaicac-hr.us/denuncia-los-crimenes-que-el-dictador-daniel-ortega-presidente-de-nicaragua-esta-cometiendo-contra-la-prensa-la-poblacion-y-candidatos-politicos/
  17. https://courtaicac-hr.us/two-2-petitions-complaints-human-rights-vs-china-re-covid-19-english-espanol/
  18. https://courtaicac-hr.us/2106-2/
  19. https://courtaicac-hr.us/2091-2/
  20. https://courtaicac-hr.us/el-era-javier-ordonez-el-abogado-que-murio-tras-atropello-de-la-policia/
  21. https://courtaicac-hr.us/en-materia-de-derechos-humanos-nacionalizaciones-expropiaciones-de-propiedades-en-cuba/
  22. https://courtaicac-hr.us/justicia-cuba-investigara-a-miguel-diaz-canel-por-delitos-de-lesa-humanidad-esta-corte-aicac-hr-su-comisionado-de-dd-hh-dr-humberto-h-pachecker-y-la-asociacion-de-abogados-nafa-law-apoya-la-inve/
  23. https://courtaicac-hr.us/investigacion-en-referencia-a-la-china-comunista-y-la-propagacion-del-virus-covid-19/
  24. https://courtaicac-hr.us/firmen-una-peticion-en-action-network-diciendole-a-inmigracion-y-aduanas-que-le-digan-a-i-c-e-liberen-a-las-familias/
  25. https://courtaicac-hr.us/la-muerte-del-ciudadano-george-floyd-un-crimen-a-manos-de-un-agente-de-la-policia-en-minnesota/
  26. https://courtaicac-hr.us/the-danger-of-the-resurgence-of-communism-in-bolivia-and-the-return-of-evo-morales-by-year-of-2021/
  27. https://courtaicac-hr.us/donde-estan-los-derechos-humanos-de-estas-personas-respetuosas-de-la-ley-en-el-salvador-el-comisionado-general-de-corte-aicac-hr-washington-dc-dr-humphrey-humberto-pachecker/
  28. https://courtaicac-hr.us/2032-2/
  29. https://courtaicac-hr.us/china-con-su-partido-comunista-es-un-regimen-notorio-por-sus-continuas-violaciones-de-los-derecho-humano-lo-mismo-en-lo-civil-y-en-lo-penal/
  30. https://courtaicac-hr.us/how-china-has-waived-its-sovereign-immunity/
  31. https://courtaicac-hr.us/to-the-government-of-china-this-will-be-a-human-rights-violations-action/
  32. https://courtaicac-hr.us/el-opositor-cubano-jose-daniel-ferrer-detenido-sin-cargos-por-el-terrorismo-de-la-practica-castrista-comunista-en-cuba/
  33. https://courtaicac-hr.us/fusilados-por-ordenes-de-fidel-castro-nunca-recibieron-justicia-crimenes-en-venezuela-siguen-impunes/
  34. https://courtaicac-hr.us/defensores-de-los-derechos-humanos-en-riesgo-por-las-acusaciones-y-amenazas-de-las-autoridades/
  35. https://courtaicac-hr.us/1913-2/
  36. https://courtaicac-hr.us/re-regimen-de-castros-cuba-juzgar-a-personas-estas-personas-por-genocidio-crimenes-de-guerra-crimenes-contra-la-humanidad-y-agresion/
  37. https://courtaicac-hr.us/1851-2/
  38. https://courtaicac-hr.us/respeto-a-nuestro-ejercito-mexicano-no-mas-humillaciones/
  39. https://courtaicac-hr.us/our-human-rights-in-the-usa-nuestros-derechos-humanos-en-usa/
  40. OEA-IACHR- https://courtaicac-hr.us/2133-2/
  41. DENUNCIAS COMPARTIDAS- PRESENTADAS POR: NAFA LAW – CORTE AICACHR – SON:

    Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. 1211 Ginebra 10 (Suiza):

    I]- https://www.nafalaw.com/blog/2014/02/19/human-rights-violations-in-venezuela-and-cuba/

    II]- https://www.nafalaw.com/blog/2017/03/31/1er-simposio-de-analisis-legales-para-el-futuro-de-cuba/

    III]- https://www.nafalaw.com/blog/2018/04/04/where-are-our-human-rights-human-rights-of-the-citizens-of-the-united-states-of-america/

    IV]- https://www.nafalaw.com/blog/2017/12/19/immigration-to-the-united-states-of-america-and-its-implications-on-human-rights-our-human-rights-as-american-citizens-where-they-are-pros-and-cons/

    V]- https://www.nafalaw.com/blog/2019/06/24/your-mission-the-prosecution-of-the-castro-regime-for-crimes-against-humanity/

    VI]- HHP-NAFA VS. FIDEL CASTO & PARTIDO COMUNISTA CUBANO- https://www.nafalaw.com/blog/2018/10/14/2505/

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admin@ December 8, 2025 0 Comments
CASES AND OPINIONS

“Honrar Honra” María Corina Machado y Edmundo González Urrutia.

“Honrar Honra” Esta ‘Corte AICACHR su Comisión de Derechos Humanos’ junto con la ‘Asociación Nacional de Abogados NAFA LAW’, este sábado 6 de diciembre de 2025 celebramos la paz y la libertad y, aunque no es oficialmente el “Día Mundial de la Paz”, este 6 de diciembre 2025 es más importante este dia, es un día histórico en el cual se está celebrando una “Jornada Mundial de Marchas por la Paz y la Libertad” convocada por la líder opositora venezolana María Corina Machado para la libertad de Venezuela. 

María Corina Machado ha convocado a sus seguidores y amantes de la libertad y la democracia en más de 20 países y 80 ciudades a manifestarse este día para celebrar el Premio Nobel de la Paz 2025 que le fue otorgado. Estas movilizaciones buscan resaltar la lucha por la democracia y la paz en Venezuela, días antes de la ceremonia oficial de entrega del premio en Oslo, Noruega.

Con Edmundo González Urrutia, el presidente electo antes candidato presidencial de la Plataforma Unitaria de Venezuela, quien ha aparecido en apoyo con las marchas y en especial esta “Jornada Mundial de Marchas por la Paz y la Libertad”. La jornada es un evento de apoyo a la causa que ambos lideres democráticos representan. 

En cuanto a la fecha oficial del “Día Mundial de la Paz”, las ‘Naciones Unidas’ establecieron el 21 de septiembre como el “Día Internacional de la Paz”, dedicado al fortalecimiento de los ideales de paz en todo el mundo. Esta fecha es dedicada a la ‘Libertad y la Paz’ venidera del pueblo venezolano con la pronta salida del régimen criminal y terrorista de Nicolas Maduro y sus secuaces.

Adicionalmente, el 6 de diciembre es una fecha importante en España, residencia actual de la diáspora venezolana, donde se celebra el “Día de la Constitución Española”, que conmemora la aprobación de su Carta Magna en referéndum en 1978.

Nosotros creemos que, para Carolina Machado y Edmundo Gonzales el significado de “Honrar, Honra” tal como fue para José Martí significa que reconocer y dignificar a quienes cumplen con su deber es el honor, no solo eleva al honrado, sino que también estimula a otros a cumplir responsabilidades, premiando el sacrificio y la virtud, creando un círculo virtuoso de respeto, deber y honor en la sociedad, donde honrar a los buenos es la mejor forma de formar futuros héroes. 

Significado profundo. Ciclo de la virtud: Honrar a alguien es un acto que, a su vez, te honra a ti mismo, demostrando tu capacidad de reconocer el bien.

Ejemplo y motivación: Ver a otros reconocidos por su deber inspira a todos a hacer lo mismo; es la forma más efectiva de fomentar la virtud cívica.

Valoración del sacrificio: Martí veía como héroes a los que luchan por la libertad o sufren por una gran verdad; honrarlos es validar ese sacrificio. 

Reconocer y dignificar a quienes cumplen con su deber implica valorar su esfuerzo, compromiso y dedicación en roles cruciales (servidores públicos, personal de salud, fuerzas del orden, etc.) mediante reconocimientos formales, mejoras laborales, y un trato respetuoso, fortaleciendo la confianza social y la moral, mientras que la dignificación también es mutua, pues ellos deben honrar su rol respetando los derechos humanos, promoviendo la integridad y sirviendo a la comunidad con transparencia, construyendo una sociedad más justa y humana. 

Estímulo del deber y reconocimiento. Incentivo moral: No es solo un agradecimiento, es una herramienta pedagógica para construir una sociedad más justa, donde el cumplimiento del deber es recompensado.

Dignificación del trabajo: Reconocer el esfuerzo, como se hacía con las secretarias en Panamá, eleva la dignidad de la persona y su labor, haciéndola un ejemplo. 

La frase de José Martí, “Honrar, honra”, significa esencialmente que el acto de dar honor o reconocimiento a otros es, en sí mismo, un acto honorable que dignifica a quien lo realiza. Es una máxima que resalta el valor moral y ético de la gratitud y el respeto. 

En este sentido el significado profundo de esta frase se puede desglosar en varios puntos clave:

Quien respeta, se respeta: Al reconocer y valorar las virtudes y méritos en los demás, uno demuestra poseer la propia virtud y dignidad. La capacidad de honrar a otro refleja una nobleza interior.

Reconocimiento al sacrificio y el deber: Martí vincula directamente este concepto con la acción cívica y la moral. Honrar a quienes han cumplido con su deber o han hecho sacrificios (especialmente por la patria o el bien común) es la forma más eficaz de estimular a otros a seguir su ejemplo. Es un llamado a la memoria histórica y la gratitud.

Estímulo del deber: La frase funciona como un principio de reciprocidad moral. Cuando se premia públicamente el mérito y la conducta ejemplar, se incentiva a toda la sociedad a actuar con rectitud y dedicación.

Un principio de vida: Para Martí, la moralidad y la justicia son pilares fundamentales de cualquier obra humana perdurable. “Honrar, honra” es una expresión de este ideario, promoviendo la estima, el respeto y la honestidad como valores esenciales de la conducta humana. 

En Resumen: “Honrar, honra” es un aforismo que enseña que la virtud de reconocer la valía ajena engrandece moralmente a la persona que otorga dicho reconocimiento. Es un principio ético que fomenta el respeto mutuo, el cumplimiento del deber y la valoración del sacrificio, sirviendo como un poderoso estímulo moral para la acción virtuosa.

La frase resume la idea de que el acto de honrar es en sí mismo un acto de honor que impulsa el deber y dignifica a la persona, creando un ambiente donde el sacrificio por los ideales es valorado y replicado, formando un mejor ciudadano y una mejor sociedad. 

Para nosotros, AICACHR – NAFA LAW, la “honra y el deber” son los mayores reconocimientos que podemos destacar para la política venezolana. “Honra” para María Corina Machado es el Premio Nobel de la Paz 2025, otorgado por su lucha incansable por la democracia, los derechos humanos y una transición pacífica en Venezuela, convirtiéndose en un símbolo mundial de la libertad y resistencia contra la dictadura de Nicolás Maduro, a pesar de la persecución y prohibiciones políticas que ha enfrentado, como un intento de arresto en enero de 2025.

“Deber” principal para–Edmundo González Urrutia, como presidente electo de Venezuela, es defender el compromiso de casi 8 millones de votantes, trabajando para asumir la Presidencia, restaurar la democracia, garantizar el retorno de los exiliados y ordenar a las fuerzas militares y policiales desconocer al régimen ilegítimo, poniendo fin a la represión y la crisis en el país. 

Responsabilidades Clave. Asumir el Mando: Ingresar a Venezuela para tomar posesión como Presidente de la República y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, según lo estipula la Constitución y la voluntad popular.

Restaurar la Democracia: Actuar como Comandante en Jefe para ordenar a las fuerzas militares y policiales el cese de la represión y el desconocimiento de órdenes ilegales.

Atender la Crisis Humanitaria: Prometer el regreso de los hijos y nietos que emigraron, trabajando por la libertad y la justicia para el pueblo venezolano.

Coordinar con la Comunidad Internacional: Mantener el apoyo de la comunidad internacional, que ha respondido a su llamado. 

En resumen, el deber de ambos es materializar la victoria electoral, asegurar la transición democrática y liderar la reconstrucción institucional y social de Venezuela. 

Presentado por Dr. Humberto Humphrey Pachecker y Licda. Teresita DJ Barrera Pachecker – NAFA LAW – AICAC-HR – UNPAM.

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admin@ December 7, 2025 0 Comments
CASES AND OPINIONS

Dos [2] denuncias: 1)- Gobierno cubano de Diaz-Canel Y el criminal de Vladimir Putin reclutan jovenes cubanos… 2)- LIBERTAD PARA YOSVANY ROSELL, preso político de la DICTADURA CUBANA…,

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1)- Gobierno cubano de Diaz-Canel Y el criminal de Vladimir Putin reclutan jovenes cubanos como mercenarios para morir en la guerra de Ucrania:

El Comisionado de Derechos Humanos de la Corte AICACHR [INGO] el abogado Dr. Humberto Humphrey Pachecker, acusa al gobierno cubano de Diaz-Canel de cometer trata de personas jóvenes cubanos como mercenarios al criminal Vladimir Putin de Rusia para ir a pelear a la guerra Ucrania – Rusia.

Esta es una forma de esclavitud moderna y criminal que implica el uso del engaño forzado, el fraude y la coerción por necesidad económica de sobrevivencia para obligar a jóvenes cubanos a participar en servicios militares forzados de guerra con fines de explotación.

Esto no solo constituye una grave violación de los derechos humanos para el gobierno cubano es una industria criminal multimillonaria por la cual Putin le paga a Diaz-Canel millones de dólares.

Según fuentes de evidencias a estos jóvenes cubanos les ofrecen unos 2.000 dólares al mes por unirse al ejército ruso y le pagaban el viaje desde Cuba. 

Estos cubanos están tan desesperados que ni lo piensan dos veces pues consideran que con 2.000 dólares en Cuba vivirán como reyes considerando que el salario promedio en la isla de cuba ronda los 20 dólares al mes.

Según el reporte fechado Noviembre 27, 2025. Canal TV: Redacción NTN24. Programa: Club de Prensa y citamos: “Ucrania propone repatriación de mercenarios cubanos usados por Rusia como “carne de cañón” a cambio de 19 presos políticos quienes están en Cuba. Según autoridades ucranianas, el conflicto ha involucrado entre 5,000 y 7,000 mercenarios cubanos, siendo manipulados como “carne de cañón” [esto es un crimen de trata de personas por razones de necesidades económicas].

La presión internacional sobre el régimen cubano aumenta tras una oferta humanitaria presentada por el gobierno de Ucrania. La propuesta implica la liberación de 19 presos políticos cubanos a cambio de repatriar mercenarios cubanos detenidos en Ucrania, así como los restos de aquellos que fallecieron en combate.

La Asamblea de la Resistencia Cubana, junto con organizaciones internacionales de derechos humanos, apoya la iniciativa, denunciando a su vez el abandono del régimen hacia estos individuos.

En el marco de la guerra en Ucrania, que ya se extiende por casi cuatro años, los intercambios de prisioneros entre Ucrania y Rusia han sido una práctica recurrente.

La situación de los cubanos detenidos y fallecidos en Ucrania ha captado la atención internacional. Según autoridades ucranianas, el conflicto ha involucrado entre 5,000 y 7,000 mercenarios cubanos, siendo manipulados como “carne de cañón”. https://www.ntn24.com/noticias-actualidad/ucrania-propone-repatriacion-de-mercenarios-cubanos-usados-por-rusia-como-carne-de-canon-a-cambio-de-19-presos-politicos-592589

Estos gobernantes comunistas son criminales de lesa humanidad, esta venta de mercenario cubanos a rusia como “carne de cañon” es un crimen de lesa humanidad en un programa de trata sistemático dirigido contra una población civil pobre, sin recursos, sin futuro y hambrienta.

Es un crimen de grupos políticos y sociales no amparados por la “Convención de las Naciones Unidas contra el Genocidio de 1948” y, estos criminales gobernantes Ruso Cubano, tienen que ser llevados bajo casos de crímenes de lesa humanidad y serán llevados a la Corte Penal Internacional (CPI), el tribunal permanente con sede en La Haya para que juzguen a estos individuos los cuales como es el caso de  Putin acusado de los crímenes internacionales graves, como el genocidio, por crímenes de guerra y el crimen de agresión. La CPI interviene cuando los tribunales nacionales no pueden o no quieren hacerlo. 

Estos crímenes de lesa humanidad que se cometen entre Cuba y Rusia como parte de un sistema de venta y trata de humanos a gran escala contra civiles mas vulnerables en Cuba.

A diferencia de los crímenes de guerra, estos crímenes de lesa humanidad pueden cometerse tanto en tiempos de paz como en este caso en guerra, y contra los propios ciudadanos cubanos, así como contra ciudadanos extranjeros.

Junto con los crímenes de guerra, el genocidio y el crimen de agresión, los crímenes de lesa humanidad son uno de los crímenes fundamentales del derecho penal internacional y, al igual que otros crímenes contra el derecho internacional, no tienen limitaciones temporales ni jurisdiccionales para su procesamiento se reconoce la jurisdicción universal.

2)- LIBERTAD PARA YOSVANY ROSELL, preso político de la DICTADURA CUBANA, hoy 37 dias de huelga de hambre. Lo están dejando morir!… ! Gobierno Cuba

Esta Comision de los Derechos Humanos – Corte AICACHR, WA-DC por medio de la Oficina del Comisionado Dr. Humberto Humphrey Pachecker ha presentado y continua presentando acusaciones de que el gobierno cubano permite la muerte de presos políticos por inanición (generalmente durante huelgas de hambre) o por falta de atención médica, y forman parte de las denuncias de violaciones de derechos humanos por parte de esta Corte AICACHR.

Estas muertes muestran ser el resultado de una política oficial de “dejar morir”, que ocurren en un contexto de represión sistemática y condiciones carcelarias severas. 

La postura de esta organizacion de derechos humanos Corte AICACHR y su Comisionado Dr. Humberto H. Pachecker, en adición a la disidencia cubana es que el gobierno criminal comunista de Cuba utiliza la represión y el control total sobre la vida de los ciudadanos, incluidos los reclusos, como una herramienta para mantener su poder. 

Condiciones carcelarias y falta de atención médica con la norma y las organizaciones como Courte AICACHR,  Human Rights Watch y Prisoners Defenders han documentado durante décadas el trato inhumano y degradante en las prisiones cubanas, lo que incluye la denegación y el retraso intencionado de la atención médica adecuada.

Huelgas de hambre de estos presos políticos y porque a menudo recurren a huelgas de hambre como una forma desesperada de protesta por su encarcelamiento y sus condiciones. En estos casos, si un recluso muere, las organizaciones denuncian que las autoridades no proporcionaron la atención médica o la alimentación forzada necesarias para salvar su vida, o que la atención se brindó tarde.

Falta de transparencia; el control estatal sobre la información dificulta la verificación independiente de las circunstancias exactas de las muertes bajo custodia, lo que genera sospechas de negligencia criminal deliberada y maltrato.

Miedo a la disidencia, la represión y el castigo severo de los disidentes tienen un efecto disuasorio para otros posibles opositores al régimen unipartidista del Partido Comunista de Cuba bajo directo control de principal violador Diaz-Canel. 

El gobierno cubano, por su parte, niega estas acusaciones y califica a los presos políticos de “mercenarios”, “contrarrevolucionarios” o “delincuentes comunes”, restando credibilidad a sus reclamos y a las denuncias de las organizaciones independientes.

El Comisionado de Derechos Humanos de la Corte AICACHR [INGO] el abogado Dr. Humberto Humphrey Pachecker, acusa al gobierno cubano de Diaz-Canel de cometer crímenes de lesa humanidad, dijo hoy día 30 de noviembre 2025, y este caso de YOSVANY ROSELL, es una prueba irrefutable más.

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admin@ November 29, 2025 0 Comments
CASES AND OPINIONS

“MESA REDONDA DE LOS DERECHOS HUMANOS” “HUMAN RIGHTS ROUNDTABLE”

Invitación general colegas y miembros de NAFA LAW a formar parte registrándote como un/a Delator/a – Defensor/a de los Derechos Humanos Universales ahora junto con el recién nombrado primer juez de Florida Dr. Humphrey Humberto Pachecker – miembro ejecutivo judicial del Colegio de Abogados Nacional A.B.A. “American Bar Association”.

Toda persona interesada en formar parte de este exclusivo fórum “Mesa Redonda de los Derechos Humanos” DD. HH., para debatir ciertos asuntos relacionados al tema- los problemas y violaciones de este derecho universal en las Américas y el Caribe.

Formularios y Curso gratis lo encuentras al píe de este anuncio.

ES REQUISITO QUE TOMES ESTE CURSO GRATUITO EN DERECHOS HUMANOS HAZ CLIC AQUI: http://courtaicac-hr.us/curso-en-linea-gratuito-de-los-derechos-humanos/

En este mes y hasta final de este año 2025 el curso capacitación básica en DD. HH., provisto por la Corte AICACHR, es gratis, el registro, identificación y certificación es totalmente gratis, una vez que completes este curso de capacitación básica y recibes inmediatamente el diploma de grado para que puedas oficialmente estar registrada/o e identificado como un/a oficial de este exclusivo fórum “Mesa Redonda de los Derechos Humanos” DD. HH., igualmente registrado con la Corte AICACHR, con la Comisión General de DD. HH., junto con otros Organismos Internacionales en DD. HH., y Derechos Civiles de Estados Unidos.

Esta oportunidad exclusiva es para celebrar que el director CEO NAFA LAW, Dr. Humphrey Humberto Pachecker ha recibido el nombramiento como el primer juez en la justicia de Derechos Humanos del Estado de Florida registro por el Colegio de Abogados Nacional A.B.A.

Nombrado Comisionado General Derechos Humanos por el Presidente Doctor Borys Zhytnigor. Ucrania y Londres, Inglaterra. Dr. Pachecker es el actual presidente de la Corte AICAC-HR de EE. UU. WA-DC. http://courtaicac-hr.us/category/h-r-defenders/ 

Ahora debemos utilizar estas herramientas para defender los derechos humanos en Cuba, Venezuela, Nicaragua y otros países y regiones nuestras acciones serán respetadas.

Están Ustedes todos invitada/os a participar juntos con la Corte AICACHR y su Comisión de Derechos Humanos a trabajar voluntariamente y a la misma vez creando un programa internacional en la estación ‘LA GRANDE INTERNACIONAL PODCAST’ con el este fin justo y necesario programa el cual llamaremos “MESA REDONDA DE LOS DERECHOS HUMANOS” todas las semanas.

Lo mismo en la estación nueva sucursal localizada en Miami y/o la estación principal localizada en Sebring, Florida. = https://www.lagrandepodcast.com/

Cuba, Venezuela y Nicaragua flagrantemente violan a diario la Declaración Universal de Derechos Humanos y dos Pactos.
Junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los tres instrumentos forman la llamada Carta Internacional de los Derechos Humanos. Están invitada/o libremente y gratuitamente- https://www.facebook.com/lagrandepodcast/

Nuestro director CEO NAFA LAW hoy ha sido notificado del nombramiento como el primer juez en la justicia de Derechos Humanos del Estado de Florida registro por el Colegio de Abogados Nacional A.B.A., y citamos:

Nombrado Comisionado General Derechos Humanos por el Presidente Doctor Borys Zhytnigor. Ucrania y Londres, Inglaterra. Dr. Pachecker es el actual presidente de la Corte AICAC-HR de EE. UU. WA-DC. http://courtaicac-hr.us/category/h-r-defenders/

Si bien hasta ahora año 2025 ningún juez ha ostentado el título de “juez de derechos humanos” en Florida por A.B.A., ahora existe el primer juez con experiencia específica en áreas de derechos humanos, civiles, trata de personas e inmigración- es el Juris Doctor Humphrey Humberto Pachecker.

Ahora debemos utilizar estas herramientas para defender los derechos humanos en Cuba, Venezuela, Nicaragua y otros países y regiones nuestras acciones serán respetadas.

Están Ustedes todos invitada/os a participar juntos con la Corte AICACHR y su Comisión de Derechos Humanos a trabajar voluntariamente y a la misma vez creando un programa internacional en la estación ‘LA GRANDE INTERNACIONAL PODCAST’ con el este fin justo y necesario programa el cual llamaremos “MESA REDONDA DE LOS DERECHOS HUMANOS” todas las semanas.

Lo mismo en la estación nueva sucursal localizada en Miami y/o la estación principal localizada en Sebring, Florida. = https://www.lagrandepodcast.com/

Cuba, Venezuela y Nicaragua flagrantemente violan a diario la Declaración Universal de Derechos Humanos y dos Pactos.
Junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los tres instrumentos forman la llamada Carta Internacional de los Derechos Humanos. 
Están invitada/o libremente y gratuitamente- https://www.facebook.com/lagrandepodcast/

A nivel nacional en EE. UU., se encuentran la jueza Shaniek Mills Maynard, quien procesó casos de trata de personas y derechos civiles, y la jueza Ginger Lerner-Wren, pionera en tribunales de salud mental que se centran en los derechos de las personas con enfermedades mentales.

Jueces con experiencia específica similar en derechos humanos:

Jueza Shaniek Mills Maynard: Jueza magistrada federal del Distrito Sur de Florida, su experiencia previa como fiscal federal adjunta incluyó el procesamiento de casos relacionados con la trata de personas, delitos contra menores y violaciones de derechos civiles, según indica el Distrito Sur de Florida.

Jueza Ginger Lerner-Wren: Como jueza del condado de Broward, Florida creó el primer tribunal de salud mental del país. Su trabajo se centra en los derechos civiles de las personas con enfermedades mentales, según la Sociedad de Abogados de Irlanda y la Universidad Nova Southeastern.

Magistrado John D. Couriel: Magistrado de la Corte Suprema de Florida, procesó numerosos casos relacionados con delitos federales como la trata de personas cuando era fiscal federal adjunto, según la Corte Suprema de Florida.

Otros jueces con experiencia relevante. El juez Michael Frank: Juez magistrado federal del Distrito Norte de Florida, ha sido coordinador nacional para combatir la trata de personas y la explotación infantil, según la Academia contra la Trata de Personas.

La magistrada Jamie R. Grosshans: Magistrada del Tribunal Supremo de Florida, anteriormente fue jueza del Tribunal del Condado de Orange y realizó prácticas jurídicas en la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de Estados Unidos, según el Tribunal Supremo de Florida.

La A.B.A., lucha por la profesión legal. Únete a la lucha.

Nuestro sistema judicial, nuestra profesión y los principios que hemos defendido durante 250 años están en peligro. La ABA lucha por el estado de derecho. Luchamos por el sistema de justicia. Luchamos por la profesión legal. Luchamos por ti. Trazando tu camino legal: Mesa redonda con jueces.

Únete a nuestra NAFA LAW y ABA mesa redonda con jueces, donde jueces de apelación y de primera instancia responderán preguntas de abogados jóvenes y estudiantes de derecho.

Abogada/os extranjeros en homologación de EE. UU., trae tus preguntas sobre tu carrera, los tribunales y la ética: este es un foro informal y abierto para aprender de la experiencia judicial. PRIMERA PAGINA= https://www.linkedin.com/in/humphrey-humberto-pachecker-3802a532/

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FORMULARIOS DE REGISTRO 1: APPL GRATUITA OBSERVADOR DD HH AICAC-HR_1

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admin@ November 5, 2025 0 Comments
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Nuestro director CEO NAFA LAW hoy ha sido notificado del nombramiento como el primer juez en la justicia de Derechos Humanos…

Nuestro director CEO NAFA LAW hoy ha sido notificado del nombramiento como el primer juez en la justicia de Derechos Humanos del Estado de Florida registro por el Colegio de Abogados Nacional A.B.A., y citamos:

RE: Dr. Humphrey Humberto Pachecker, JD LLM. Bar ABA #: 01922762.

Abogado- Arbitro- Defensor DD HH- Humphrey Humberto Pachecker- País USA – Admitido a la Corte AICAC-HR 2014- Nombrado Comisionado General Derechos Humanos por el Presidente Doctor Borys Zhytnigor. Ucrania y Londres, Inglaterra. https://icac.org.ua/en/   

Dr. H. H. Pachecker es el actual presidente de la Corte AICAC-HR de Estados Unidos. WA-DC. http://courtaicac-hr.us/category/h-r-defenders/ & https://www.judiciary.uk/judicial-appointments-commission/

Si bien hasta ahora año 2025 ningún juez ha ostentado el título de “juez de derechos humanos” en Florida por el colegio nacional A.B.A., ahora existe el primer juez con experiencia específica en áreas de derechos humanos, civiles, trata de personas e inmigración- es el Juris Doctor Humphrey Humberto Pachecker.

Compartiendo a nivel nacional en EE. UU., se encuentran la jueza Shaniek Mills Maynard, quien procesó casos de trata de personas y derechos civiles, y la jueza Ginger Lerner-Wren, pionera en tribunales de salud mental que se centran en los derechos de las personas con enfermedades mentales.

Jueces con experiencia específica similar en derechos humanos:

Jueza Shaniek Mills Maynard: Jueza magistrada federal del Distrito Sur de Florida, su experiencia previa como fiscal federal adjunta incluyó el procesamiento de casos relacionados con la trata de personas, delitos contra menores y violaciones de derechos civiles, según indica el Distrito Sur de Florida.

Jueza Ginger Lerner-Wren: Como jueza del condado de Broward, Florida creó el primer tribunal de salud mental del país. Su trabajo se centra en los derechos civiles de las personas con enfermedades mentales, según la Sociedad de Abogados de Irlanda y la Universidad Nova Southeastern.

Magistrado John D. Couriel: Magistrado de la Corte Suprema de Florida, procesó numerosos casos relacionados con delitos federales como la trata de personas cuando era fiscal federal adjunto, según la Corte Suprema de Florida.

Otros jueces con experiencia relevante. El juez Michael Frank: Juez magistrado federal del Distrito Norte de Florida, ha sido coordinador nacional para combatir la trata de personas y la explotación infantil, según la Academia contra la Trata de Personas.

La magistrada Jamie R. Grosshans: Magistrada del Tribunal Supremo de Florida, anteriormente fue jueza del Tribunal del Condado de Orange y realizó prácticas jurídicas en la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de Estados Unidos, según el Tribunal Supremo de Florida.

La A.B.A., lucha por la profesión legal. Únete a la lucha.

Nuestro sistema judicial, nuestra profesión y los principios que hemos defendido durante 250 años están en peligro. La ABA lucha por el estado de derecho. Luchamos por el sistema de justicia. Luchamos por la profesión legal. Luchamos por ti. Trazando tu camino legal: Mesa redonda con jueces.

Únete a nuestra NAFA LAW y ABA mesa redonda con jueces, donde jueces de apelación y de primera instancia responderán preguntas de abogados jóvenes y estudiantes de derecho.

Abogada/os extranjeros en homologación de EE. UU., trae tus preguntas sobre tu carrera, los tribunales y la ética: este es un foro informal y abierto para aprender de la experiencia judicial. https://www.nafalaw.com/blog/category/uncategorized/page/3/

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admin@ November 3, 2025 0 Comments
CASES AND OPINIONS

El régimen criminal comunista de Nicaragua asesina al colega abogado Dr. Carlos Cárdemas Zepeda

El presidente de la Corte AICAC-HR y Comisionado de Derechos Humanos miembro del colegio nacional A.B.A., Dr. Humberto Humphrey Pachecker, hace un llamado general a miembros, estudiantes y afiliados de NAFA LAW para que en forma de ‘pro-se’, propia persona presenten una denuncia por crímenes de derechos humanos en Nicaragua, esta vez en contra de un colega abogado Dr. Carlos Cárdemas Zepeda-

VER como es el proceso para presentar esta denuncia en “pro-se”- bajo el articulo 22. Haz clic aquí: NACIONES UNIDAS DD. HH. ENTRAR POR ESTE ENLACE HAZ CLIC AQUI: https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/AboutUs/CivilSociety/Chapter_8_sp.pdf

El régimen criminal comunista de Ortega en Nicaragua asesina al colega abogado Dr. Carlos Cárdenas Zepeda:

Denuncia bajo el artículo 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a la seguridad social y a la satisfacción de sus derechos económicos, sociales y culturales, que son indispensables para su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad. Esto se logrará mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, teniendo en cuenta la organización y los recursos de cada Estado.

Motivo. El preso político nicaragüense Licdo. Carlos Cárdenas murió asesinado por el régimen comunista de Nicaragua. Colega abogado y amigo de NAFA LAW, asesinado bajo custodia de la dictadura de Ortega es el segundo asesinado en menos de una semana.

Las autoridades sandinistas entregaron el cadáver del abogado a sus familiares tras quince días de desaparición forzada, y sin brindar explicación alguna sobre la causa del fallecimiento

El abogado Carlos Cárdenas estuvo en desaparición forzada dos semanas y murió bajo custodia de la Policía del régimen sandinista

La dictadura de Nicaragua entregó el viernes el cuerpo sin vida del abogado Carlos Cárdenas Zepeda a sus familiares en Managua, luego de mantenerlo quince días detenido en condición de desaparición forzada.

La familia recibió el cadáver sin que se le brindara ninguna explicación oficial sobre la causa del fallecimiento, en medio de un clima de vigilancia y temor. Si bien la entrega de sus restos fue el viernes, la noticia se conoció durante el fin de semana.

De acuerdo con organizaciones opositoras y de derechos humanos, el jurista se convierte en el segundo preso político que el régimen entrega muerto en menos de una semana, en una práctica que se repite con un patrón de opacidad, amenazas y entierros controlados.

En 2018, en medio de la crisis social y política de Nicaragua, fue convocado por obispos de la Conferencia Episcopal para brindar asesoría jurídica en el fallido Diálogo Nacional con el régimen.

Ese mismo año fue secuestrado por paramilitares en su casa de Managua, permaneció detenido y sufrió acoso desde entonces. Su detención más reciente ocurrió hace quince días, cuando policías llegaron a su vivienda y lo sacaron sin orden judicial ni explicación alguna. Desde entonces permaneció en condición de desaparecido hasta que, este viernes, fue entregado muerto a su familia.

Organizaciones como la Gran Confederación Opositora y la Asociación Democrática de Abogados de Nicaragua calificaron el hecho como un crimen de Estado y una desaparición forzada.

Denunciaron que el caso constituye una muestra más del “terrorismo de Estado” ejercido por Ortega y Murillo, e hicieron un llamado a la comunidad internacional para que asuma con firmeza estos hechos.

Desde 2019, al menos seis presos políticos han muerto bajo custodia del régimen, sin que hasta ahora se haya conocido investigación alguna, o establecido responsabilidades a alguien. Fuente de información: Wilmar Iglesias de “Infobae”.

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admin@ September 1, 2025 0 Comments
CASES AND OPINIONS

Consorcio ‘NAFA LAW’ – ‘AICACHR’ – ‘UNPAM’ apoyan incondicionalmente la iniciativa de la abogada Dra. Mery Y. Barnhart:

Saludos a toda/os colegas. Esta propuesta en este correo presentada por la Dra. Mery Y. Barnhart, no solo es encomiable, también es justa y necesaria para los intereses de toda/o abogado extranjero miembros de NAFA LAW.

No es momento de mirar hacia otro lado, la lucha por la igualdad de reciprocidad entre abogada/os Consultores en Derecho Extranjero “FLC” con abogados locales y Americanos bajo las reglas aprobadas por las Cortes Supremas de 32 Estados EE. UU, y bajo el precedente de la Corte Suprema de la Nación a favor de la admisión a la práctica federal para cualquier persona autorizada es un derecho de nuestra democracia, la justicia exige nuestra atención y acción constantes.

Una decisión arbitraria de un funcionario administrador de una oficina de algún colegio Bar nos ofrece oportunidad concreta para hacer oír tu voz ahora mismo y como gremio crear esta cuenta en fideicomiso.

La iniciativa de la Dra. Mery Y. Barnhart para establecer una tarifa mínima sostenida que permita a el gremio mantener un apoyo legal constante, permite explorar diversas opciones que van desde contratos de honorarios entre bufete de abogada/os locales con abogada/os extranjeros FLC hasta violaciones arbitrarias de los códigos para abogados FLC ejercer la abogacía.

Cuotas mensuales o anuales o una tarifa fija que se paga periódicamente (por ejemplo, mensual o anualmente) para garantizar la disponibilidad de un/a abogado y cualquier acción legal requerida durante un período determinado y que potencialmente cubra una gama de servicios legales específicos.

Solo requiere vuestra voluntad y un acuerdo detallado que describa el alcance de los servicios, las condiciones de pago, la duración y otras cláusulas clave es crucial para evitar malentendidos.

Incluyendo cláusulas de confidencialidad, rescisión, resolución de disputas y cualquier término específico para las necesidades de su gremio.

Todo cumpliendo con las directrices éticas para la gestión de los honorarios, en particular en lo que respecta a las cuentas fiduciarias y el reembolso de fondos no devengados.

De esta forma nuestro gremio puede garantizar un apoyo legal constante para futuras necesidades y situaciones.

El Consorcio ‘NAFA LAW’ –  ‘AICACHR’ – ‘UNPAM’ apoyan incondicionalmente la iniciativa de la abogada Dra. Mery Y. Barnhart para establecer una cuota mínima sostenida que  permita mantener el respaldo constante de un/a abogado para que represente en futuras situaciones o necesidades legales que puedan surgir como gremio. Sería una forma de asegurar continuidad y previsión jurídica.

Intereses del gremio de abogada/os FLC van desde mejorar la reciprocidad en el ejercicio de la abogacía local e internacional, garantizar un trato justo, estabilidad laboral en la práctica de la abogacía y participación en las decisiones las autoridades y barras de abogados para tener mejores salarios, prestaciones y condiciones laborales.

Para esto es necesario abrir una cuenta bancaria fiduciaria en Florida cuando se es legalmente responsable de administrar las finanzas o los activos en nombre de otra persona o entidad.

A continuación, se presentan algunos casos específicos en los que esto es necesario:

En un gremio en Florida, una cuenta bancaria fiduciaria puede ser administrada por fideicomisarios.

Estos fideicomisarios desempeñarán un papel clave para garantizar que los fondos y activos del gremio se contabilicen adecuadamente y se utilicen exclusivamente para el beneficio del sindicato y sus afiliados miembros de NAFA LAW.

Sus deberes y responsabilidades específicos pueden estar estipulados en la constitución y los estatutos del gremio.

En el caso de los fondos fiduciarios de beneficios multipatronales, a menudo llamados fondos Taft-Hartley, la administración puede estar a cargo de juntas conjuntas de fideicomisos laborales y de gestión.

Los fondos Taft-Hartley, también conocidos como planes de beneficios multipatronales o fideicomisos Taft-Hartley, son planes de beneficios para empleados establecidos mediante convenios colectivos entre sindicatos y múltiples empleadores. Estos planes, regidos por el Artículo 302 de la Ley Taft-Hartley, suelen proporcionar prestaciones de jubilación o salud a trabajadores sindicalizados de diferentes empresas del mismo sector.

El/a fideicomisario que administre este fideicomiso, abrirá una cuenta bancaria en un banco estatal a nombre del fideicomiso “Abogados FLC” para administrar los activos e ingresos del este mismo, manteniéndolos separados de las finanzas personales y finanzas corporativas del Consorcio ‘NAFA LAW’ –  ‘AICACHR’ – ‘UNPAM’.

Nota importante: Las cuentas fiduciarias requieren un registro meticuloso y una clara separación de los fondos de otros fondos personales del fiduciario y de fondos corporativos.

En Florida, los deberes de un contador que supervisa una cuenta fiduciaria generalmente están relacionados con garantizar la administración, el mantenimiento de registros y la rendición de cuentas adecuados de los activos y transacciones del fideicomiso. El Consorcio ‘NAFA LAW’ –  ‘AICACHR’ – ‘UNPAM’ nombrará a su contadora interna certificada y registrada con el IRS, nuestra empleada la Licda. Lynn Rodriguez B.

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admin@ June 19, 2025 0 Comments
CASES AND OPINIONS

GRADUACION ABOGADA/OS FLC NUMERO 67, VERANO JUNIO 2025- VER FOTOS:

Queridos graduados colegas abogadas y abogados extranjeros.

En nombre de mis queridos compañera/os de trabajo, de nuestra presidenta Licda. Teresita DJ Barrera Pachecker, y el mío propio Dr. Pachecker, les doy la cordial bienvenida a este sitio con fotografías de la ceremonia de graduación de la generación cohorte 67 verano de 2025 de la ‘Asociación Nacional para Abogados Extranjeros’ “NAFA LAW” y el ‘Instituto Nacional de Homologaciones de la  Universidad de los Pueblos de las Américas’ “UNPAM.”

Primero, quisiera contarles algo que le da a la NAFA – UNPAM su encanto y lo que la hace tan diferente de cualquier otra institución y entorno académico.

Hay seis mil setecientos sesenta y ocho miembros, asociados y estudiantes en la NAFA comenzando desde el año 1991. Hay miles registrados de un total de 33 nacionalidades.

Es importante señalar que la NAFA LAW UNPAM no es el único lugar con una gama tan amplia de nacionalidades; de hecho, actualmente nos encontramos en un país conocido por su diversidad y multiculturalismo la gran nación de Estados Unidos de Norteamérica.

Pero aquí es donde NAFA LAW UNPAM se destaca: como profesionales estudiantes miembros de NAFA LAW al comenzar nuestro cohorte anual, buscábamos a quienes transmitían familiaridad y sabidurias, a quienes comparten el mismo idioma y cultura, y a quienes tenían antecedentes similares a los nuestros para buscar una meta común triunfar en esta gran nación EE.UU. A. 

NAFA LAW siempre ha tenido un plan diferente para nuestros miembros asociados. Les expone a diferentes oportunidades, desafíos jurídicos y situaciones que los obligan a interactuar con personas con las que normalmente no trabajaríamos; algunas de las cuales resultan ser los estudiantes más brillantes de todo el mundo.

También estamos seguros de que la mayoría de ustedes interactuaran con los otros abogada/os internacionales y nacionales, clubes jurídicos, colegios, ya sea como miembros, voluntarios o incluso como simples espectadores.

Poco a poco, empezarán a aprender más sobre las leyes federales y estatales de EE.UU., personas que nos incumben, colegas, sus historias, sus desafíos y sus formas de aplicar la justicia.

Empezamos a desafiar nuestras mentes para absorber y aceptar las diferencias entre las diferentes jurisdicciones, especialmente las que nos diferenciaban del derecho común Americano.

Empezamos a acoger las experiencias de esta jurisdicción Americana, cuyas leyes y costumbres son diferentes a las nuestras, cuyas tradiciones son diferentes, pero cuyas ambiciones, sueños y justicia son tan similares a los nuestros.

Poco a poco, se integrarán en una sociedad internacional y Americana.

No basta con decir que tenemos una comunidad tan diversa, sino que la aprovechamos al máximo y podemos alcanzar un verdadero estado de integración.

Necesitamos estar tan integrados a este país que sea irrelevante identificarnos por nacionalidad o género, sino que, en cambio, nos centremos en la creatividad, el conocimiento, la experiencia y la innovación.

Agradezco esta oportunidad para decir que la NAFA LAW ha contribuido enormemente a brindarles esa oportunidad de integración.

Y finalmente, a cada persona, cada colega y a cada profesional que contribuyó a nuestro crecimiento como Instituciones NAFA LAW – UNPAM, Modos Juris Anno Domini; nuestra gratitud es infinita. Gracias.

VER la historia que se publicó en el periódico ‘Highlands Sun Newspaper’- haz clic aquí: 

 https://www.midfloridanewspapers.com/highlands_news-sun/news/national-association-for-foreign-attorneys-nafa-celebrates-its-67th-graduation/article_2d866f70-7250-48fc-9e32-3bea2a634b89.html

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admin@ June 17, 2025 0 Comments
CASES AND OPINIONS

CUMPLIMOS 31 AÑOS COMO ABOGADOS MIEMBROS DEL BAR INTERNACIONAL IBA LONDRES

En el año 1994, Dr. Humphrey Humberto Pachecker estuvo en Londres con su esposa Teresita DJ Barrera Pachecker por un breve periodo, cuando se certificó como abogado internacional miembro de la IBA [International Bar Association], ubicada en la antigua dirección de la misma ciudad en la cual estaba radicada la Corte Internacional AICAC.  https://www.ibanet.org/my-account La direccion fisica actual en Londres y sucursal en Estados Unidos son las siguientes:

International Bar Association
Chancery House
53-64 Chancery Lane
London
WC2A 1QS
United Kingdom   Tel: +44 (0)20 7842 0090
…………
International Bar Association
1667 K Street, NW, Suite 1230
Washington DC, 20006
USA- Tel: +1 (202) 827 3250

El Dr. H. H. Pachecker junto a NAFA LAW recibimos en 1994 número de socio Bar IBA: 017031. Ahora 2025 el número de socio Bar IBA: 1061345 https://www.ibanet.org/

El Instituto de Derechos Humanos de la Asociación Internacional de Abogados (IBA-HRI) trabaja con la comunidad jurídica global y nuestra Corte AICAC-HR para promover y proteger los derechos humanos y la independencia de la profesión jurídica en todo el mundo.

Qué hacemos. Esta Corte AICAC-HR de la capital de Washington DC, bajo la administración de NAFA LAW, unida al Bar IBA  ofrecen capacitación y asistencia técnica en derechos humanos a profesionales e instituciones jurídicas, fortaleciendo su capacidad para promover y proteger eficazmente los derechos humanos en un Estado de derecho justo.

Como institución líder IBA en la investigación internacional de hechos, elabora informes periciales con recomendaciones clave, entregando información oportuna y confiable sobre los derechos humanos y la profesión jurídica.

Apoyamos a abogados y jueces que sufren acoso, intimidación o arresto arbitrario mediante la defensa y el monitoreo de juicios.

Por qué estamos aquí. La/os abogados y jueces desempeñan un papel fundamental para facilitar el acceso a la justicia, garantizar la rendición de cuentas del Estado y defender el Estado de derecho. Cuando la profesión jurídica no puede funcionar de manera independiente o eficaz, se generan violaciones de derechos humanos, impunidad e injusticia. Como parte de la principal organización mundial de profesionales del derecho, colegios de abogados y sociedades jurídicas internacionales, la IBAHRI se encuentra en una posición privilegiada para fortalecer las capacidades de la profesión jurídica y promover y proteger los derechos humanos y la independencia profesional en todo el mundo.

Historia: Fundada en 1947, la Asociación Internacional de Abogados (IBA) es la principal organización mundial de profesionales del derecho, colegios de abogados y sociedades jurídicas internacionales. La IBA influye en el desarrollo del derecho internacional y define el futuro de la profesión jurídica en todo el mundo. Cuenta con más de 90.000 miembros y 206 colegios de abogados y sociedades jurídicas en todos los continentes. La IBA estableció su Instituto de Derechos Humanos en 1995 bajo la presidencia honoraria de Nelson Mandela. Los proyectos de la IBA-HRI se financian gracias al generoso apoyo de sus miembros y organismos de financiación.

La Asociación Internacional de Abogados (IBA), fundada en 1947, es la asociación de abogados que reúne a profesionales del derecho internacionales, colegios de abogados y sociedades de abogados. En 2018, la IBA contaba con más de 80.000 abogados y 206 colegios y sociedades de abogados. Su sede mundial se encuentra en Londres (Inglaterra) y cuenta con oficinas regionales en Washington D. C. (Estados Unidos), Seúl (Corea del Sur),  São Paulo (Brasil), y La Haya (Países Bajos).

Representantes de 34 colegios nacionales de abogados se reunieron en Nueva York el 17 de febrero de 1947 para crear la IBA.

Durante las dos primeras décadas, la membresía inicial se limitó a colegios y sociedades de abogados, pero en 1970, la IBA se abrió a abogados individuales.

La IBA está compuesta por profesionales del derecho, como abogados, procuradores, solicitors, miembros del poder judicial, abogados internos, abogados del gobierno, académicos y estudiantes de derecho.

FOTOS año 1994: Dr. Humphrey Humberto Pachecker- Londres en unión a su esposa Licda. Teresita DJ Barrera Pachecker- fotos recibiendo su certificación como abogado internacional miembro de la IBA [International Bar Association central Office]. Tambien foto junto a su esposa la Licda. Teresita De Jesus Barrera, ambos frente al edificio local de IBA en Chancery Lane, Londres. Otra foto con Guardia a Caballo en la Ciudad de Westminster, ubicación entre Whitehall y Horse Guards Parade recinto ceremonial. Foto tomada por la Licda. Teresita DJ Barrera Pachecker.

 

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admin@ June 13, 2025 0 Comments
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The American International Court of Arbitration and Commission for Human Rights (AICAC-HR) was founded in the District of Columbia WA DC as an international human rights judicial body and international arbitration based in United States.

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